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El caso Maduro y el colapso del discurso jurídico internacional

José Juan Conejo Pichardo

5 ene 2026

Análisis Político

La presunta detención de Nicolás Maduro por fuerzas estadounidenses, difundida por comunicados oficiales y amplificada por la prensa internacional, no es un episodio menor ni un hecho aislado. Se trata de un acontecimiento que tensiona al máximo los límites del derecho internacional penal y deja al descubierto una contradicción más profunda: el uso político del derecho por parte de los Estados y la aplicación selectiva de la soberanía como argumento de conveniencia.


La captura de un jefe de Estado en funciones, fuera de su territorio y sin evidencia pública de un procedimiento formal de extradición o cooperación judicial internacional, plantea una pregunta que incomoda a gobiernos y organismos multilaterales por igual: ¿estamos ante un avance histórico contra la impunidad o frente a una regresión peligrosa hacia la ley del más fuerte?


Estados Unidos sostiene que la acción se ampara en órdenes judiciales relacionadas con narcotráfico, crimen organizado transnacional y vínculos con organizaciones terroristas. Sin embargo, en el derecho internacional vigente, la persecución penal —incluso frente a delitos graves— no puede desligarse del respeto a la soberanía, la inmunidad de los jefes de Estado y el debido proceso. El equilibrio entre justicia y legalidad es frágil, y cuando se rompe, el precedente no distingue entre enemigos y aliados.


La inmunidad ratione personae de los jefes de Estado no es absoluta, pero tampoco es irrelevante. La experiencia internacional —Pinochet, Al-Bashir, los procesos ante la Corte Penal Internacional— demuestra que los crímenes de lesa humanidad pueden abrir la puerta a la responsabilidad penal individual. No obstante, esa puerta solo es legítima cuando se cruza mediante mecanismos jurídicos reconocidos: tribunales internacionales, resoluciones multilaterales o extradiciones debidamente procesadas. La justicia internacional no se construye con operaciones unilaterales ni con decisiones de fuerza.


Si se confirma que la detención de Maduro ocurrió al margen de un marco judicial internacional validado, el hecho podría ser interpretado no como un triunfo del derecho penal internacional, sino como una violación directa al principio de no intervención. Bajo esa lógica, el combate a la impunidad corre el riesgo de convertirse en una coartada para el ejercicio arbitrario del poder.


En este escenario global de ambigüedad jurídica, la postura de México adquiere una relevancia particular. El gobierno mexicano ha reaccionado invocando el artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas, reiterando su histórica defensa de la soberanía y la no intervención. El argumento, en abstracto, es correcto. El problema surge cuando ese discurso se contrasta con la conducta interna del propio Estado mexicano.


México exige respeto irrestricto al derecho internacional cuando se trata de otros países, pero incumple de manera sistemática las sentencias obligatorias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La prisión preventiva oficiosa, sostenida pese a condenas claras y reiteradas del sistema interamericano, es la prueba más evidente de esa contradicción. No se trata de un desacuerdo técnico ni de un vacío normativo, sino de una decisión política deliberada.


Aquí emerge el verdadero conflicto: México defiende la soberanía como límite frente a acciones externas, pero la desconoce cuando esa misma soberanía implica cumplir compromisos internacionales en materia de derechos humanos. La soberanía se convierte así en un concepto maleable, útil para el discurso diplomático, pero incómodo cuando obliga a reformar estructuras internas de poder.


Desde una perspectiva geopolítica, el caso Maduro expone una fractura mayor en el orden internacional. Los Estados poderosos actúan con márgenes amplios de discrecionalidad; los Estados medianos y débiles invocan principios que ellos mismos incumplen; y los organismos multilaterales observan, muchas veces, con una capacidad limitada de reacción efectiva. El resultado es un sistema donde el derecho existe, pero su aplicación depende del peso político de quien lo invoca o lo viola.


La justicia penal internacional enfrenta así un dilema existencial. Si la detención de Maduro se valida sin un proceso claro, se abrirá la puerta a que cualquier Estado capture, juzgue o traslade a líderes extranjeros bajo criterios unilaterales. Si, por el contrario, se demuestra que el procedimiento careció de sustento jurídico, el daño al sistema internacional será profundo y duradero.


En ambos casos, la lección es la misma: el derecho internacional no puede sobrevivir si se aplica de forma selectiva. No hay soberanía legítima sin cumplimiento de tratados, ni justicia válida sin debido proceso. Combatir crímenes graves es una obligación, pero hacerlo fuera de la legalidad convierte a la justicia en una forma más de violencia institucional.

La detención de un presidente no puede transformarse en espectáculo geopolítico ni en revancha diplomática. Tampoco puede ser utilizada por otros Estados para encubrir sus propias violaciones al derecho internacional. El verdadero desafío no es capturar líderes, sino fortalecer un sistema donde nadie esté por encima de la ley y, al mismo tiempo, nadie quede fuera de ella.


Cuando la fuerza sustituye al derecho y la soberanía se usa como excusa, el orden internacional deja de ser un sistema jurídico y se convierte en un campo de disputas. Y en ese terreno, tarde o temprano, todos pierden.

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