

Juan Manuel Gómez Flores
22 abr 2026
Politica
Un fenómeno comienza a tomar forma en el ámbito jurídico y social, no por sus virtudes, sino por las tensiones que genera: el posible debilitamiento de principios fundamentales del derecho en nombre de causas legítimas.
La ley nace con una finalidad clara: regular la conducta humana para garantizar la convivencia social bajo criterios de equilibrio y justicia. Entre esos principios, el debido proceso y la presunción de inocencia no son concesiones, sino pilares que protegen a cualquier individuo frente al poder del Estado.
Sin embargo, en los últimos años ha surgido una tendencia que merece análisis: la creciente incorporación de políticas públicas y marcos legales orientados a la protección de grupos específicos. Si bien estas medidas responden a contextos históricos reales, su implementación plantea una pregunta incómoda: ¿puede la búsqueda de justicia para unos poner en riesgo las garantías de otros?
Cuando la técnica legislativa se aleja de la neutralidad y se aproxima a la lógica política, el derecho deja de ser únicamente un sistema de normas para convertirse también en un instrumento de poder. No se trata de negar la existencia de desigualdades, sino de advertir que cualquier desviación del equilibrio jurídico puede generar efectos secundarios no previstos.
En este contexto, algunos sectores han comenzado a señalar la existencia de un fenómeno que denominan misandria institucional: no como una consigna ideológica, sino como una percepción creciente de trato desigual hacia el varón dentro de ciertos procesos y dinámicas legales. El debate no es menor, porque introduce una variable delicada: la posible erosión del principio de imparcialidad.
El riesgo no radica en proteger a grupos vulnerables —lo cual es necesario—, sino en que, durante su aplicación, se debiliten garantías universales. Cuando esto ocurre, el sistema deja de buscar justicia en sentido estricto y comienza a operar bajo presiones sociales, políticas o mediáticas.
El debido proceso no puede convertirse en un trámite condicionado por narrativas. Su esencia radica en ser un mecanismo de defensa frente al abuso, no una herramienta sujeta a interpretaciones coyunturales.
Porque cuando la balanza de la justicia se inclina, aunque sea con una intención legítima, el problema ya no es de género… es de Estado de derecho.

