

José Juan Conejo Pichardo
29 jun 2026
Noticia-Análisis
La Corte fortalece los derechos de millones de familias; Profeco podrá exigir devoluciones y sancionar irregularidades
En una decisión que marcará un antes y un después en la relación entre las escuelas privadas y los padres de familia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tiene plena competencia para intervenir cuando existan abusos, incumplimientos o cobros indebidos por parte de instituciones educativas particulares.
El fallo representa uno de los criterios jurídicos más relevantes en materia de protección al consumidor de los últimos años, al establecer que el pago de colegiaturas constituye una relación de consumo, por lo que quienes contratan servicios educativos privados tienen los mismos derechos que cualquier consumidor en México.
La resolución llega en un momento especialmente sensible para miles de familias, justo cuando se aproxima el nuevo ciclo escolar y comienzan los pagos de inscripciones, reinscripciones, colegiaturas, uniformes, útiles escolares y diversas cuotas extraordinarias.
Una batalla legal que tardó más de una década
El caso que dio origen al criterio judicial comenzó durante el ciclo escolar 2015-2016.
Un padre de familia solicitó a una escuela privada la devolución del dinero que había pagado por inscripción, colegiaturas y útiles escolares después de decidir que su hijo no continuaría estudiando en esa institución.
La escuela rechazó devolver el dinero.
Ante ello, el afectado acudió a la Profeco, que inició un procedimiento de conciliación. Sin embargo, el plantel educativo ni siquiera asistió a la audiencia convocada por la autoridad, motivo por el cual fue sancionado económicamente.
Posteriormente, la institución educativa impugnó la multa argumentando que la educación privada no constituía una relación de consumo y que, por tanto, la Profeco carecía de facultades para intervenir.
Después de varios años de litigio, la controversia llegó hasta la Suprema Corte, que resolvió de manera definitiva que las escuelas particulares sí prestan un servicio sujeto a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
¿Qué cambia con esta resolución?
Aunque desde hace varios años la Profeco ya conocía este tipo de asuntos, existían escuelas que cuestionaban su competencia jurídica para intervenir.
Con el nuevo criterio de la Suprema Corte desaparece cualquier duda.
A partir de esta resolución, la Profeco puede:
•Recibir quejas y denuncias.
•Citar a procedimientos de conciliación.
•Supervisar contratos y publicidad.
•Investigar posibles prácticas abusivas.
•Imponer sanciones cuando existan violaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
•Buscar acuerdos para devolver pagos o reparar daños cuando corresponda.
•Más protección para los padres de familia
La decisión fortalece considerablemente la posición jurídica de los consumidores frente a las instituciones educativas privadas.
Entre los conflictos que con mayor frecuencia llegan a la Profeco destacan:
•Cobros no previstos en el contrato.
•Incrementos inesperados de colegiaturas.
•Cuotas extraordinarias sin fundamento.
•Cambios unilaterales en reglamentos o condiciones del servicio.
•Negativa para devolver pagos cuando existe cancelación justificada.
•Requisitos adicionales para obtener certificados o títulos.
•Publicidad engañosa sobre servicios educativos.
Ahora estos conflictos cuentan con un respaldo jurídico mucho más sólido.
Un mensaje para las escuelas privadas
La resolución no debe interpretarse como un ataque contra la educación privada.
Por el contrario, representa un llamado para que las instituciones fortalezcan sus procesos administrativos, transparenten sus contratos y respeten los derechos de quienes financian su operación: los padres de familia.
Las escuelas que cumplen con la ley difícilmente tendrán problemas con la Profeco.
En cambio, aquellas que pretendan imponer cobros arbitrarios o modificar unilateralmente las condiciones pactadas enfrentarán un mayor escrutinio.
La seguridad jurídica beneficia tanto a los consumidores como a las instituciones que actúan con responsabilidad.
La alianza SEP–Profeco
El fortalecimiento de estas facultades no ocurre de manera aislada.
En 2025, la Secretaría de Educación Pública y la Profeco firmaron un convenio de colaboración para intercambiar información sobre escuelas particulares que presenten incumplimientos administrativos, regulatorios o relacionados con el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE). El objetivo es prevenir prácticas engañosas y ofrecer mayor certeza a estudiantes y padres de familia.
¿Cómo presentar una queja?
Los consumidores pueden acudir a cualquiera de las Oficinas de Defensa del Consumidor (ODECO) o utilizar las plataformas digitales de conciliación cuando el caso lo permita.
Es recomendable conservar:
Contratos.
Recibos de pago.
Facturas.
Comprobantes de colegiaturas.
Comunicaciones con la institución educativa.
Con esta documentación la Profeco podrá analizar el caso e iniciar, si procede, un procedimiento de conciliación que incluso puede concluir con la devolución del dinero o el cumplimiento del contrato.
La resolución de la Suprema Corte trasciende el simple debate sobre las colegiaturas.
En realidad, redefine la naturaleza jurídica de la educación privada cuando existe una contraprestación económica.
El criterio confirma que la educación impartida por particulares conserva su función social, pero cuando se ofrece mediante un contrato y un pago también genera obligaciones comerciales y derechos para el consumidor.
Esto obliga a las instituciones educativas a elevar sus estándares de transparencia, rendición de cuentas y cumplimiento contractual.
Para millones de familias mexicanas, el mensaje es claro: pagar una colegiatura no significa renunciar a sus derechos.
La educación privada seguirá siendo una alternativa importante dentro del sistema educativo nacional, pero a partir de este criterio constitucional deberá operar con mayores niveles de responsabilidad, legalidad y respeto hacia quienes depositan en ella no sólo recursos económicos, sino también el futuro académico de sus hijos.

